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Datos en Estados Unidos

editado marzo 2013 en General

¿Puede una  empresa enviar datos de sus  trabajadores a Estados Unidos?

Gracias

Comentarios

  • Hola Mateo,

    en primer lugar indicarle que cualquier empresa que pretenda realizar una transferencia internacional de datos, en este caso de sus empleados, que con anterioridad no venía realizando, deberá de cumplir, por una parte, con el derecho de información previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, debiendo informar de la transferencia internacional a cada una de las personas afectadas por los datos.


    Por otra parte, tal y como se establece en el artículo 26 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 55, 58, 66 y ss del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, BOE de 19 de enero de 2008 (RLOPD ) se deberá comunicar a la Agencia Española de Protección de Datos las transferencias internacionales que se vayan a realizar, dado que, con carácter general, todas las trasferencias internacionales necesitan de la autorización del Director de la Agencia, salvo que se den alguna de las excepciones previstas en el artículo 34 de la Ley Orgánica 15/1999

  • Y en el ámbito nacional, ¿Solo hay una ley vigente para toda España no? No hay una ley de protección de datos en zaragoza o Aragon, es que con esto de las leyes autonómicas es todo un royo.

  • Sí Lauren, sólo hay una ley vigente.

  • Buenas tardes,

    mi empresa va a empezar a funcionar en Estados Unidos y quería saber si hay alguien que me pueda informar del tratamiento que se puede dar a los datos de las empresas. tenemos una base de datos de la empresa que adquirimos en este país, podemos utilizarla o se necesitaría autorización.

    muchas gracias de antemano por vuestras respuestas.

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